Aunque habiendo una amnistía de por medio una petición de indulto deja de tener sentido, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, ha cumplido con su deber y ha informado a favor de la concesión de la medida de gracia solicitada por un abogado para el expresidente de ERC Oriol Junqueras y los demás condenados por el delito de prevaricación que siguen cumpliendo la pena de inhabilitación.
La petición de indulto, presentada por un particular sin relación con los condenados por el ‘procés’, está siguiendo su tramitación habitual, dentro de la que figura la petición de un informe a la Sala Segunda, que se niega a aplicar la amnistía al considerar que la malversación por la que condenó se encuentra dentro de las excepciones de la propia medida de gracia.
En su escrito a favor del indulto, Sánchez Conde se remite a la amnistía y afirma que “en la hipótesis de que al parecer de esa Sala adquiera firmeza y se entienda que los hechos que determinaron la condena por malversación de la sentencia no son susceptibles de ser amnistiados”, procede “la concesión del indulto solicitado”.
“No se entiende que dicha persona no puede ser amnistiada y la ley si puede ser de aplicación a aquellos aun no enjuiciados y que no han sido objeto de condena ni han comenzado a cumplirla”, afirma la número dos de la carrera fiscal. De ahí que considere que “la concesión del indulto parece pertinente al ser excesivo que se siga cumpliendo la pena de inhabilitación, atendiendo a las circunstancias en que el delito se cometió y a que otros intervinientes en los hechos que se enmarcan en el denominado proceso independentista catalán, vayan a ver extinguida de modo total su responsabilidad penal sin ser enjuiciados, al deberse proceder el archivo de las causas contra ellos iniciadas”.
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No obstante, los “otros intervinientes” en el ‘procés’ que fueron procesados en rebeldía, como el expresidente catalán Carles Puigdemont, tampoco se han visto beneficiados por la amnistía, porque el juez instructor del ‘procés’ en el Supremo, Pablo Llarena, coincide con sus compañeros de la Sala Segunda en que la malversación cometida para la celebración del 1-O entra dentro de las excepciones de la ley, al incluir un enriquecimiento personal.